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Clasificación de Empresas Contratistas de Servicios

Empresas de Servicios

Empresas Contratistas de Servicios

CLASIFICACION DE EMPRESAS CONTRATISTAS DE SERVICIOS

Contratar con el Sector Público conlleva el cumplimiento de ciertas exigencias y requisitos.

Si bien la clasificación de empresas contratistas de servicios no es exigible para aspirar a contratar con el Sector Público, puede influir en el momento de determinar la compañía ganadora.

El empresario puede acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato, o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos por la documentación del contrato.

Además, hay que tener en cuenta que, según el objeto de la licitación, los entes públicos contratantes pueden solicitar documentación adicional específica, detallada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato.

No dudes en contactarnos.

Para ampliar más información al respecto, puede llamarnos o dejarnos su consulta en el formulario de contacto.

LA CLASIFICACION DE EMPRESAS

La Clasificación de contratistas es uno de esos documentos que podrían ser solicitados con el fin de acreditar la solvencia técnica y económica de la entidad que licita.

La mayoría de los pliegos exigen a las empresas interesadas en participar, para ser proveedor en contratos de servicios en el Sector Público, cumplir con ciertos requisitos.

Estos son algunos de ellos:

  • Presentar la relación de los trabajos o servicios realizados durante los últimos tres años, que sean iguales o de similar naturaleza a los que son objeto del contrato.
  • Indicar las unidades técnicas, o personal técnico que serán participantes en el contrato, en especial los encargados del control de calidad.
  • Presentar una descripción de las instalaciones técnicas que el empresario empleará para garantizar la calidad del objeto del contrato, así como de los medios de estudio e investigación de la empresa.
  • En el caso de trabajos o servicios complejos, presentar la experiencia mediante el control que efectuó el organismo oficial de contratación u homologado de competencia del Estado, donde se confirme la capacidad técnica del empresario.
  • Presentar los títulos académicos y profesionales del empresario, de los directivos de la empresa, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos participantes.
  • Indicar las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá llegar a aplicar de ser necesario, en la ejecución del contrato.
  • Presentar la plantilla media anual y el número de directivos de la compañía durante los últimos tres años.
  • Declara el tipo de maquinaria, material y equipo técnico que se utilizará para la ejecución de los trabajos o servicios contratados.
  • Indicar de ser necesario, cuál es la parte del contrato que el empresario tendría que subcontratar.

Cabe destacar en los contratos de servicios, que la clasificación de empresas contratistas de servicios tampoco es exigible a empresarios no españoles de Estados que hagan parte de la Unión Europea.

¿EN QUE CONSISTE LA CLASIFICACION DE EMPRESAS CONTRATISTAS DE SERVICIOS?

Para los contratos de servicios no es exigible la clasificación del empresario.

Sin embargo, hacemos énfasis que es aconsejable contar con la Clasificación de Empresas Contratistas de Servicios, en el caso que la licitación o pliego requiera el grupo o subgrupo del contrato, pudiendo acreditar su solvencia por la clasificación o de no acreditarla cumpliendo con los requisitos específicos de solvencia exigidos por la documentación del contrato.

En este sentido, el empresario deberá demostrar los requisitos mínimos de solvencia financiera y económica, así como de solvencia técnica o profesional.

En resumen, la clasificación empresarial es la demostración de la capacidad de la empresa para realizar ciertos trabajos con el Sector Público.

Es importante aclarar que la Clasificación de Empresas Contratistas de Obras sí es un requisito fundamental y obligatorio para acreditar solvencia empresarial.

Será requisito para postularse a contratos de obras con un valor estimado igual o superior a 500.000 euros.

En el caso de contratos con un valor inferior, la clasificación es indispensable como forma de determinar la solvencia económica y financiera de una empresa para que pueda contratar.

Para que una compañía pueda ser clasificada debe acreditar su personalidad, así como su capacidad de obrar o de solvencia económica, financiera, técnica o profesional.

La clasificación hace alusión directa a los contratos a los que puede acceder un empresario según su especialidad y su capacidad económica.

La Clasificación empresarial la otorga las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado o por el órgano competente de una Comunidad Autónoma.

La clasificación no es transferible, excepto cuando se llevan a cabo a través de fusiones o escisiones de sociedades o procesos de compraventa de empresas con Clasificación.

¿COMO SER PROVEEDOR DEL ESTADO ESPAÑOL MEDIANTE LA CLASIFICACION DE EMPRESAS CONTRATISTAS DE SERVICIOS?

Toda persona natural o jurídica ya sea española o extranjera de algún país de la Unión Europea, puede participar en un proceso de licitación con el Sector Público.

Siempre y cuando no esté incurso el empresario en prohibición de contratar, cumpla con capacidad jurídica y de obrar y determinados requisitos de solvencia económica y financiera y de capacidad técnica y profesional.

Para postularse para contratos de obras, debe presentar la Certificación empresarial.

La Clasificación de Servicios puede ser requerida en los pliegos de condiciones de las licitaciones, si bien no es exigible, mediante el grupo o subgrupo adecuado al contrato para los licitadores que puedan acreditar la clasificación, en su defecto se ha de acreditar su solvencia, de acuerdo con el pliego de condiciones del contrato.

En contratos menores es suficiente que el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, ROLECE (ROLECSP).

Para ser proveedor de obras o de servicios del Sector Público español, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

Demostrar capacidad y solvencia económica, mediante:

  • La confirmación de la capacidad de contratar y obrar con el Sector Público.
  • No incurrir en alguna prohibición o inhabilidad para ser contratado.
  • Estar habilitados como empresa y como profesional para cumplir con el objeto del contrato.
  • Acreditar tener las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, técnica y profesional para cumplir con el contrato.
  • Demostrar el volumen anual de negocios, destacando el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, acorde al inicio de actividades o de constitución de la empresa.
  • Contar con un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe igual o superior al exigido en la licitación.
  • Demostrar un sólido patrimonio neto o ratio entre activos y pasivos con coste al último ejercicio económico.

Acreditación solvencia técnica mediante:

  • Para los contratos de obras una relación de las obras que llevó a cabo la compañía durante los últimos cinco años de labores, la cual debe estar avalada por certificados de buena ejecución. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las obras ejecutadas en los últimos diez años.
  • En el caso de los contratos de servicios, relación de los trabajos de servicios ejecutados en los últimos 3 años.
  • Acreditar el personal u organismos técnicos con que cuenta la empresa para ejecutar las obras y/o servicios objeto del contrato.
  • Presentar los títulos académicos y profesionales tanto del empresario, directivos y de los técnicos responsables de los trabajos.
  • Declaración de la plantilla con que cuenta la empresa y el número de directivos que ha tenido durante los últimos tres años.

Con relación a los contratos de suministros:

  • Presentar una relación de los principales suministros realizados por la compañía en otros contratos, de igual o similar naturaleza a los que solicitados en la licitación durante los últimos tres años.
  • Indicar el personal u organismo técnico con que se cuente para ejecutar el contrato, en especial los encargados del control de calidad.
  • Describir las instalaciones técnicas que garanticen el cumplimiento del contrato y la calidad.
  • Confirmación de la capacidad de producción del empresario efectuado por una entidad del Sector Público contratante.
  • Facilitar muestras, descripciones y fotografías de los productos que suministrará durante el contrato.
  • Certificados expedidos por los institutos, entidades públicas detallando el cumplimiento de las normas técnicas durante el contrato.

CLASIFICACION DE EMPRESAS CONTRATISTAS DE SERVICIOS

La correspondiente Clasificación de Empresas Contratistas de Servicios está estructurada por grupos con sus respectivos subgrupos de clasificación.

Estos se organizan dependiendo de los contratos de servicios y la relación de las actividades que se desarrollan según la especialidad a la que pertenece.

VALLEJO CONSULTORES les ofrece todo tipo de asesoramiento en la clasificación de empresas en contratos con el sector público.

A continuación, relacionamos los diferentes grupos y subgrupos de clasificación que se pueden encontrar dependiendo de los contratos de servicios y la relación de sus correspondientes actividades según la especialidad a la que pertenece.

Grupos y subgrupos de clasificación en los contratos de servicios de actividades por especialidades.

Grupo L

Servicios administrativos

Subgrupo 1. Servicios auxiliares para trabajos administrativos de archivo y similares.
Subgrupo 3. Encuestas, toma de datos y servicios análogos.
Subgrupo 5. Organización y promoción de congresos, ferias y exposiciones.
Subgrupo 6. Servicios de portería, control de accesos e información al público.

Grupo M

Servicios especializados

Subgrupo 1. Higienización, desinfección, desinsectación y desratización.
Subgrupo 2. Servicios de seguridad, custodia y protección.
Subgrupo 4. Artes gráficas.
Subgrupo 5. Servicios de bibliotecas, archivos y museos.
Subgrupo 6. Hostelería y servicios de comida.

Grupo O

Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles

Subgrupo 1. Conservación y mantenimiento de edificios.
Subgrupo 2. Conservación y mantenimiento de carreteras, pistas, autopistas, autovías, calzadas y vías férreas.
Subgrupo 3. Conservación y mantenimiento de redes de agua y alcantarillado.
Subgrupo 4. Conservación y mantenimiento integral de estaciones depuradoras.
Subgrupo 6. Conservación y mantenimiento de montes y jardines.

Grupo P

Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles

Subgrupo 1. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones eléctricas y electrónicas.
Subgrupo 2. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de fontanería, conducciones de agua y gas.
Subgrupo 3. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado.
Subgrupo 5. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de seguridad y contra incendios.
Subgrupo 7. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de aparatos elevadores y de traslación horizontal.

Grupo Q

Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria

Subgrupo 1. Conservación y mantenimiento de maquinaria.
Subgrupo 2. Mantenimiento y reparación de vehículos.

Grupo R

Servicios de transportes

Subgrupo 1. Transporte de viajeros por carretera.
Subgrupo 2. Traslado de enfermos por cualquier medio de transporte.
Subgrupo 5. Recogida y transporte de toda clase de residuos.
Subgrupo 6. Servicios aéreos.
Subgrupo 9. Servicios de mensajería, correspondencia y distribución.

Grupo T

Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles

Subgrupo 1. Servicios de publicidad.
Subgrupo 5. Servicios de traductores e intérpretes.

Grupo U

Servicios generales

Subgrupo 1. Servicios de limpieza en general
Subgrupo 4. Agencias de viajes.
Subgrupo 8. Servicios de información y asistencia telefónicas.

Grupo V

Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

Subgrupo 3. Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones informáticas y de telecomunicaciones.
Subgrupo 4. Servicios de telecomunicaciones.
Subgrupo 5. Servicios de explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas.

Los contratos de servicios se clasifican en categorías según su cuantía. Para su visualización y consulta se detallan los tramos de las cuantías para cada categoría siendo éstas contabilizadas de la 1 a la 5.
CUANTÍA CATEGORÍA
Hasta 150.000€ 1
De 150.000€ a 300.000€ 2
De 300.000€ a 600.000€ 3
De 600.000€ a 1.200.000€ 4
Más de 1.200.000€ 5
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